Por parte de UGT-BV, informar que el MEI es un impuesto que se introdujo en la última reforma de pensiones y cuyo primer periodo se aplicó el 1 de enero del año en curso
En cuanto a los porcentajes en %, el 8’84 por parte de la Empresa y el 1’76 por parte del trabajador es la parte de sobrecotización por el anticipo de jubilación.
Y con respecto al MEI en términos de porcentajes el 0’5 lo aporta la Empresa y el 0’10 el trabajador y este no se aplicará a la cotización adicional pero sí a la base de contingencias comunes*, de la base de cotización minima del Régimen de Cotización de la Seguridad Social.
La base adicional está separada de las contingencias comunes en cuanto a la aplicación.
Todo ello es aplicable desde el 1 de Enero de 2023.
UGT-BV siempre se informa a través de los Organismos Oficiales antes de hacer un comunicado que no se corresponde con la realidad en la aplicación del MEI en cuanto a la base de cotización.
Por la tanto no hay una sobrecotización en los colectivos de Policías Locales y Bomberos, al respecto como dice en un comunicado un sindicato creando una alarma entre los propios funcionarios de nóminas atendiendo llamadas aclaratorias de los/as compañeros/as que llaman a la sección con preocupación.
Sección Sindical UGT Ayuntamiento de Valencia