En el ámbito de la regulación de los servicios de auxilio en las vías públicas, el Real Decreto Legislativo 6/2015 estableció la necesidad de desarrollar reglamentariamente las condiciones en las que estos servicios deben llevar a cabo sus funciones. Con el objetivo de cumplir con esta normativa, se aprobó el Real Decreto 159/2021, el cual aborda diversos aspectos relacionados con la visibilidad y protocolos de actuación de los operadores de auxilio en carretera.
La importancia de la visibilidad:
Uno de los aspectos fundamentales para garantizar la seguridad en las operaciones de auxilio en carretera es la visibilidad de los vehículos que intervienen en dichas tareas. En este sentido, el reglamento establece la obligatoriedad de contar con las señales V2 (Vehículo obstáculo en la vía) y V23 (distintivo de vehículo de transporte de mercancías) en los vehículos de auxilio, según lo dispuesto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.
Modificaciones y plazos de implementación:
En diciembre de 2022, se introdujo una modificación al reglamento a través del Real Decreto 1030/2022. En su disposición transitoria segunda, se estableció un plazo de dos años desde la entrada en vigor del reglamento para cumplir con las disposiciones relacionadas con las señales V2 y V23. Por lo tanto, los operadores de auxilio en carretera tienen hasta el 22 de diciembre de 2024 para adaptar la señalización de sus vehículos de acuerdo con lo establecido en el reglamento.
Apoyo en la implementación:
Con el objetivo de facilitar la implementación de dicha señalización en los diferentes tipos de vehículos utilizados en tareas de auxilio, rescate y reparación, se ha redactado un escrito directriz. Este documento, elaborado por el Subdirector General de Gestión de la Movilidad y Tecnología, incluye el ANEXO I, donde se presentan ejemplos de instalación de las señales en los distintos tipos de vehículos.
Conclusiones:
La implementación de las señales V2 y V23 en los vehículos de auxilio es un paso fundamental para mejorar la seguridad vial y garantizar una correcta visibilidad en las operaciones de asistencia en carretera. El plazo establecido hasta diciembre de 2024 brinda a los operadores el tiempo necesario para adaptar su señalización de acuerdo con lo establecido en el reglamento. Asimismo, el escrito directriz y el ANEXO I proporcionan orientación y ejemplos prácticos para facilitar este proceso de implementación. Al cumplir con estas disposiciones, se promueve un entorno más seguro para conductores y trabajadores de los servicios de auxilio en las vías públicas.
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