LA CONSIDERACIÓN DE LA CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL QUE PRODUZCA RESULTADOS LESIVOS O DAÑOSOS COMO IMPRUDENCIA GRAVE
Siempre que se produzcan resultados lesivos o dañinos a consecuencia de la conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas los hechos serán calificados como IMPRUDENCIA GRAVE..
Así lo afirma la Audiencia Provincial de Lleida, en donde, después de absolver a un conductor del delito de conducción temeraria manifiesta por haber causado la muerte de dos motoristas, darse a la fuga y conducir zigzagueando, dicta su condena por un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas en concurso de normas con dos delitos de homicidio por imprudencia, y un delito de abandono del lugar del accidente.
Considera que la conducción temeraria exige un plus de temeridad o gravedad en la conducta infractora de normas elementales de la conducción.
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Sección Sindical UGT Ayuntamiento de Valencia